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Tribunal Supremo de California sobre la defensa de testigos por parte del fiscal de distrito

En People v. Rodriguez (2020) 9 Cal.5th 474, el Tribunal Supremo de California examinó un caso en el que el fiscal había argumentado ante el jurado que el agente de policía testigo no mentiría, porque hacerlo pondría en riesgo su carrera. El fiscal le dijo al jurado:

“Así que, ahora, tenemos a dos agentes involucrados en esta mentira, aparentemente, según el acusado. Otro agente con una larga carrera. La suya duró más de 20 años. Entonces, se supone que debemos creer que, por alguna razón, el agente Lowder pondría en riesgo toda su carrera en el Departamento de Correcciones, …” Id. en 479.

El abogado defensor se opuso alegando que el argumento del fiscal asumía hechos no probados. Dicha objeción fue implícitamente denegada, y el jurado finalmente condenó al acusado. En la apelación, el acusado argumentó que el fiscal había incurrido en una defensa impropia de testigos. El Tribunal de Apelación estuvo de acuerdo y revocó la condena. El Tribunal Supremo de California concedió una petición de revisión.

El Tribunal escribió que “ ‘[l]a defensa impropia se produce cuando el fiscal (1) sugiere que existen pruebas no disponibles para el jurado que respaldan el argumento, o (2) invoca su prestigio personal o su amplia experiencia, o el prestigio o la reputación del cargo, en apoyo del argumento.’ ” Id. en 480 (citando a People v. Anderson (2018) 5 Cal.5th 372, 415). El Tribunal dictaminó que el argumento del fiscal de que el agente no se arriesgaría a ser despedido por mentir constituía una defensa impropia. El fiscal, de hecho, había argumentado pruebas no disponibles para el jurado. El Tribunal declaró que los argumentos del fiscal relacionados con la carrera “transmiten la impresión de que las pruebas no presentadas al jurado, pero conocidas por el fiscal, respaldan los cargos contra el acusado y, por lo tanto, pueden poner en peligro el derecho del acusado a ser juzgado únicamente sobre la base de las pruebas presentadas al jurado.’ ” Id. en 481 (citando a United States v. Young (1985) 470 U.S. 1, 18). El Tribunal señaló que, si bien un fiscal puede refutar adecuadamente una afirmación de la defensa de que el agente mintió, el argumento de la acusación debe basarse en las pruebas presentadas al jurado. El Tribunal escribió: “El error aquí es que los argumentos del fiscal se basaron en asuntos ajenos a las actas y eso no está permitido”. Id. en 483. El Tribunal confirmó la revocación de la condena del acusado.

El fiscal también había argumentado ante el jurado que el agente no se habría sometido a un posible enjuiciamiento por perjurio. El Tribunal indicó que la posibilidad de cargos por perjurio podría estar dentro del conocimiento común de los miembros del jurado. Pero el Tribunal reconoció (y el Fiscal General lo había admitido en el argumento oral) que el jurado podría haber entendido que un fiscal sabría más sobre cuándo una persona puede ser procesada por perjurio. Sin decidir si ese argumento era o no impropio, el Tribunal advirtió que “es aconsejable que los fiscales eviten generalmente plantear el tema de futuros enjuiciamientos por perjurio en sus alegatos finales”. Id. en 483.

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