El 11 de junio de 2021, nuestra firma tenía previsto argumentar uno de los muchos casos relacionados con si los DUI son elegibles para el desvío en virtud de la nueva ley de desvío judicial, la sección 1001.95 del Código Penal. El caso fue programado para ser argumentado en el Tribunal Superior del Condado de Riverside, División de Apelaciones. La División de Apelaciones se encarga de las apelaciones y los mandamientos en casos de delitos menores. Nuestra firma está manejando aproximadamente 10 de los casos pendientes ante la División de Apelaciones con respecto a si los DUI son elegibles para el desvío bajo la sección 1001.95 del Código Penal.

El desvío es una buena opción para muchas personas que enfrentan cargos de DUI que podrían sufrir consecuencias colaterales como resultado de una condena por DUI. Esto incluye a los titulares de licencias de conducir comerciales, las personas sin ciudadanía y las personas que tienen una licencia profesional como médicos, enfermeras y enfermeras vocacionales con licencia.
Se ha concedido el desvío en muchos casos de DUI en todo el Condado de Riverside. La postura de nuestra firma siempre ha sido que, según la sección 1001.95 del Código Penal, los DUI son elegibles. Muchos jueces en el Condado de Riverside ahora están entendiendo que este es el caso. El Fiscal de Distrito del Condado de Riverside no reconoce esto, y ha impugnado casi todas las concesiones de desvío en un caso de DUI en el condado.
Si se enfrenta a un cargo de DUI, entienda que puede ser elegible para el desvío bajo la sección 1001.95 del Código Penal.
